Los profesionales por cuenta propia pueden emitir una retención del 7% del IRPF al inicio de su actividad, según admite Hacienda. Pero esta ventaja no siempre es aconsejable solicitarla.
La retención reducida en autónomos es una posibilidad que ofrece la Agencia Tributaria a la hora de emitir facturas a los clientes. Actualmente, la Ley del IRPF afirma que los nuevos autónomos que desarrollen actividades profesionales pueden rebajar del 15 al 7% la retención durante los tres primeros años de actividad.
Pero no siempre va a ser posible aplicar esta exención. Para poder acceder a ella hay que cumplir varios requisitos:
- El primero de ellos es que los clientes deben ser otros empresarios. De este modo, si el 70% del total de los ingresos están sujetos a retención quedarás exento de presentar la liquidación trimestral del pago fraccionado de IRPF (modelo 130).
- Además, se deberá notificar a los clientes que se aplica la retención del 7% por el hecho de haber iniciado una actividad profesional, quedando éstos obligados a conservar dicha comunicación, tal y como explica Joaquina Rueda en JRAEconomistas. Es un punto importante, ya que si los clientes no son avisados deberán retener el 15% a cuenta del IRPF, tal y como señala la Dirección General de Tributos.
- El último de los condicionantes es que no se podrá haber ejercido ninguna actividad empresarial durante el año anterior a la solicitud.
Una vez transcurran estos primeros tres años, la retención que se deberá fijar en las facturas pasará a ser del 15%, pero durante esos 36 meses probablemente surja la pregunta de ¿Hasta qué punto interesa aplicar la retención?
Cabe señalar que las retenciones a cuenta del IRPF son cantidades adelantadas a la Agencia Tributaria, que se corresponden con el resultado esperado en la declaración de la renta. Por lo tanto estamos ante un arma de doble filo.
De esta forma, si las retenciones efectuadas en el año han sido demasiado altas, cuando llegue el momento de presentar la declaración del IRPF, ésta saldrá negativa, pero si las retenciones han sido bajas, habrá que pagar.
Aplicar la retención del 7% permite contar con más liquidez, lo cual se agradece y mucho al inicio de una actividad empresarial, que es el periodo donde se presuponen menos beneficios.
Por el contrario, si obtienes beneficios desde el primer momento, al realizar la declaración de la renta tendrás que pagar más porque se ha adelantado menos dinero de lo que establece la retención general del 15%.
Es necesario tener en cuenta estas variaciones porcentuales a la hora de ajustar la contabilidad personal como autónomo y a la hora de planificar el año.